Un abogado denuncia el falso progresismo de los que se oponen al régimen de responsabilidad penal juvenil

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El abogado Emilio García Méndez, jurista especializado en derechos de la infancia

Emilio García Méndez está muy lejos de ser un promotor de la mano dura. Tampoco es partidario de la consigna “a delito de adulto, pena de adulto”. Lo que él defiende es la necesidad de un régimen de responsabilidad penal juvenil para que los menores sean juzgados como tales.

Además denuncia el doble discurso de quienes se oponen a esto a la vez que defienden la vigencia del decreto por el cual en 1980 la dictadura, con la firma de Jorge Rafael Videla, fijó un régimen de minoridad vigente hasta hoy.

Quienes agitan el debate denunciando que se quiere bajar la edad de imputabilidad “buscan el aplauso fácil”, dice García Méndez.

También despeja los malos entendidos sobre el tema que circulan como verdades que nadie discute, las falsedades que por demagogia muchos dejan circular. “Responsabilidad no es lo mismo que imputabilidad”, aclara.

Lo más llamativo de quienes se oponen a la creación de un régimen penal juvenil es el tiempo y los medios que tuvieron para modificar esto según sus estándares supuestamente ideales. No tienen excusa. Son los mismos voceros de las administraciones que legislaron el “derecho” de menores de edad a la transición social de género por encima de la autoridad de los padres. Ni hablar de las campañas para promover métodos irreversibles de contracepción —vasectomía y ligadura de trompas—, a partir de los 16 años, sin autorización parental. Y el mensaje a chicos de 13 en adelante de que podían ir por su cuenta a asesorarse sobre anticoncepción. En esta perspectiva, los menores pueden tomar decisiones estratégicas sobre sus cuerpos y sus vidas pero no saben discernir lo que está mal de lo que está bien.

En el continente, Argentina es el único país que no tiene un régimen de responsabilidad penal juvenil como lo dispone la Convención de los Derechos del Niño. Lo que tenemos actualmente se llama régimen penal de la minoridad, establecido por un decreto, el nº 22.278 de 1980, que tiene la firma de Jorge Rafael Videla.

“En el imaginario social, no hay menores presos, son todos inimputables”, dice García Méndez, pero la realidad es muy diferente.

El decreto de la dictadura funciona sobre el principio del patronato: el menor de 16 es inimputable, pero queda a disposición del juez que puede ordenar medidas de privación de la libertad sin el debido proceso, con el argumento de la “protección”.

Ese sistema arbitrario es el que sigue vigente desde 1980 y lo que en la práctica defienden los críticos del proyecto.

Familiares de víctimas de delitos violentos asisten a la media sanción del proyecto en la Cámara de Diputados

Emilio García Méndez es un jurista especializado en derechos de la infancia, fue diputado nacional (2005-2009) y hoy preside la Fundación Sur Argentina. Doctor en Derecho y Ciencias Sociales, ha sido perito ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, consultor del Instituto Interamericano de Derechos Humanos (en San José de Costa Rica); consultor de Unicef y profesor en las facultades de Psicología y Derecho de la UBA.

Hace años que viene bregando por un régimen de responsabilidad juvenil acorde con lo que dispone la Convención de los Derechos del Niño. En esa búsqueda, el principal escollo lo ha encontrado en Raúl Zaffaroni, responsable de la vigencia del decreto de Videla.

— ¿Qué piensa de la iniciativa de crear el régimen penal para menores?

— Llevo años, décadas, insistiendo en la necesidad de tener un régimen de responsabilidad juvenil. Y espero que alguna culpa le quepa al mayor responsable de esto que es Raúl Zaffaroni.

— Los que más protestan hoy, ¿no pudieron sustituir el decreto de la dictadura por una ley acorde a lo que dicen promover?

— Tuvieron durante 20 años todas las mayorías necesarias para hacerlo pero lo único que se les ocurrió fue esta letanía triste: “No a la baja de la edad de imputabilidad”. Es como el “No pasarán” de la Guerra Civil Española. Hace muchos años vi una obra satírica sobre el “No pasarán”. En una parte decían: “Sí, Franco ganó la guerra, pero a hacer canciones, ¿quién nos ganó?”

— ¿Por qué no derogaron el decreto de Videla?

— Acá hay dos grotescos: el primero es, como dijimos, que tuvieron 20 años para derogar el decreto de la dictadura, pero el problema es que Zaffaroni defendió en varias ocasiones su vigencia. El 2° es que esos mismos sectores van a querer tachar de inconstitucional este proyecto. Me hacen reír porque en un famoso fallo de la Suprema Corte de Justicia, del año 2005, fallo García Méndez-Mussa, Zaffaroni declaró constitucional el artículo 4° de ese decreto. Por lo tanto, la mera sugerencia de que este proyecto es inconstitucional sería vergonzosa.

— ¿En qué contexto declaró Zaffaroni constitucional ese artículo?

— Cuando en 2005 se aprobó la ley de protección integral de niños, niñas y adolescentes, se derogó la ley 10.903, o ley Agote o ley de Patronato. Pedimos la inmediata liberación de todos los menores retenidos. La respuesta fue el fallo de Zaffaroni declarando constitucional el artículo 4° que permite a los jueces disponer de un menor. En la práctica, puso de nuevo en vigencia la ley Agote. [N de la R: En ese momento, Zaffaroni y Carmen Argibay Molina argumentaron que si se liberaba a esos menores, serían víctimas de “gatillo fácil”]

Alimentando equívocos: Raul Zaffaroni durante una nueva intervención contra la baja de la edad de imputabilidad. En 2005 declaró la constituiconalidad del decreto de Videla, a la vez que admitía que no lo era

— En un momento, hace varios años ya, se había logrado también una media sanción a un proyecto suyo de régimen juvenil, ¿qué pasó luego?

— Sí, eso fue en el año 2009. Mi proyecto fue aprobado en el Senado por unanimidad. Lo presentaron 4 senadores: (Miguel Ángel) Pichetto, Marita Perceval, que estaba en el Frente para la Victoria, (Rubén) Giustiniani, del socialismo, y el radical Gerardo Morales. O sea, fue fruto de un consenso. El mismo día que yo terminaba mi mandato en Diputados, a fines de 2009, se aprobaba este proyecto en el Senado. Preveía responsabilidad penal desde los 14 años, y pena privativa de libertad de un máximo de 3 años para la franja de 14 a 15 años de edad y de 5 años para los chicos de 16 y 17. Pero en el caso de dos delitos graves en concurso real el máximo de pena privativa de la libertad ascendía a 8 años.

— ¿Qué pasó con ese proyecto?

— Zaffaroni y sus seguidores acusaron al proyecto de punitivo y represivo y volvieron con la cantinela de la baja de la edad de imputabilidad. En 2010, cuando la ley pasó a Diputados, Diana Conti [N de la R: diputada kirchnerista, fallecida en marzo de 2024] orquestó su masacre. Si no tuvimos entonces una ley de responsabilidad penal juvenil, el responsable absoluto y total de esto fue Zaffaroni.

— ¿Qué piensa del proyecto actual, que tiene ya media sanción de Diputados y se debatirá el jueves en el Senado?

—Lo que se votó surge del consenso de varios partidos, porque el proyecto inicial era muy deficiente. Pero en la comisión muchos diputados conocen del tema, diputados radicales, de Provincias Unidas y de la Coalición Cívica hicieron aportes y mejoraron el proyecto. Se aceptaron todas sus sugerencias. Salvo algunos detalles lo que quedó es esencialmente mi proyecto.

Plenario de comisiones sobre el nuevo Régimen Penal Juvenil

— ¿En qué aspectos representa un avance?

— El proyecto que se votó ahora es un avance extraordinario porque actualmente los mayores de 16 años pueden recibir de hecho penas sin tope. En la provincia de Buenos Aires hay aproximadamente 25 jóvenes condenados a penas de entre 25 y 30 años. Y en cuanto a los inimputables, los menores de 16 que según los promotores de la mano dura quedan impunes, la realidad es muy diferente. Algunos sí quedan impunes, si son de clase media o alta y tienen familia que los banque. Pero los más pobres pueden quedar a merced de los jueces que pueden privarlos de su libertad sin debido proceso hasta los 18 años. A esos chicos los esconden. Tenemos muy poca información de dónde están los imputables menos aún los inimputables.

— Algunos argumentan que la ley no sería aplicable…

— Es totalmente aplicable. Todo este movimiento de no a la baja de la edad de imputabilidad es un movimiento dirigido al futuro: ¿donde los van a poner?, preguntan. No averiguan dónde están actualmente. Hay provincias donde los menores imputables, de 16 y 17, privados de libertad, son muy numerosos, como Córdoba y Buenos Aires. Y a los no imputables los psiquiatrizan, los disimulan. No dan información seria.

— La paradoja entonces es que el progresismo está defendiendo un decreto de la dictadura.

— Por varios años fui asesor de Unicef para América Latina y logré que se aprobasen regímenes de responsabilidad penal juvenil en casi todos los países, menos en Argentina. Según todas esas leyes, los menores son responsables penalmente pero no imputables como si fuesen adultos. Hay que distinguir responsabilidad de imputabilidad. No es lo mismo.

— ¿Cuál sería exactamente esa diferencia?

— Por ejemplo, dicen “en Brasil son imputables desde los 12 años”. Falso. Son responsables. La pena máxima que pueden recibir es de 3 años. Y la inimputabilidad de los menores de 18 está fijada en la Constitución, en su parte “pétrea”, es intocable. No pueden ser juzgados como adultos. En Uruguay es a partir de los 13 años, con una pena máxima de 10. Tampoco se los trata como adultos. En toda América Latina nadie asimiló responsabilidad con imputabilidad. En Argentina, entre 1997 y 2003 hubo 12 sentencias a reclusión perpetua a menores de 18 por las que el país tiene 4 condenas de la Corte Interamericana. Pero todo este coro griego saltó a decir que mi proyecto implicaba bajar la edad de imputabilidad. Se promueve a propósito el equívoco. Así logran el aplauso fácil, que es la especialidad de Zaffaroni, posando de protectores de los menores cuando están haciendo lo contrario, al perpetuar un régimen arbitrario.

— ¿El proyecto semi aprobado lo satisface entonces?

— Tengo algunas observaciones: 15 años como tiempo máximo de privación de libertad es muy alto. Además, no hay diferenciación de franjas etarias, como en otros países. En Costa Rica por ejemplo el máximo de 15 años es para los de 16 y 17 años; para los de 14 y 15, son 10 años. Finalmente no creo en la justicia restaurativa, es introducir niveles de arbitrariedad.

— ¿Argentina estaba incumpliendo compromisos internacionales?

— Bueno, la Convención Interamericana de los derechos del Niño fija la necesidad de tener un sistema de Responsabilidad Juvenil.

— Es llamativo que hablen de regresividad y no tengan problema con mantener un decreto de hace casi 50 años.

— Se dice que hay regresividad, pero es al revés. Porque hoy son imputables los chicos de 16 a 17, y dejarán de serlo. Al contrario, hay progresividad porque ahora ningún menor podrá ser privado de su libertad sin debido proceso. El decreto de Videla es un cadáver insepulto. Espero que el Senado le dé cristiana sepultura.

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